06/03/2015 |
La AFIP, conjuntamente con los terceros organismos intervinientes en el régimen, dispusieron que las DJAI podrán permanecer en estado OBSERVADA hasta la fecha de vencimiento.Es decir, que pasada la misma el estado de la DJAI será ANUL
La fecha de vencimiento se debe visualizar ingresando al servicio interactivo "Mis Operaciones Aduaneras (MOA)"; carpeta "Gestión de la Declaración"; opción "Intervenciones de Terceros Organismos".
Cabe destacar que, hasta el momento en la práctica las DJAI en estado OBSERVADA carecían de vencimiento. A tener en cuenta, este nuevo proceder está siendo analizado por los patrocinios letrados de la Institución a los efectos de realizar las acciones necesarias para alcanzar la pronta solución a los distintos inconvenientes conexos.
Fuente:
CDA